Estimadas familias,
Les
comunico que el período de matriculación para sus hijos e
hijas es del 1 al 8 de junio. Dentro de este plazo, el alumnado del Centro tiene la obligación de
formalizar la matrícula para el próximo curso 2015-2016, de lo contrario,
se entenderá la renuncia al puesto escolar ya adquirido. La documentación a
presentar es la siguiente:
-Impreso de matriculación. (Obligatorio). Se les dará a vuestros/as hijos/as y una vez cumplimentado tendrán que entregárselo a su profesor/a tutor/a, dentro del plazo establecido.
-Solicitud de elección o modificación del tipo de enseñanza religiosa. Sólo en el caso que deseen cambiar de opción. Se entregará junto con el impreso de matrícula al profesor/a tutor/a.
-Anexo I de renuncia al programa de gratuidad. Sólo para el alumnado de E. Primaria y en aquellos casos que sus representantes legales no deseen participar en dicho programa. Se entregará en la Secretaría del Centro.
-Anexo II de la Orden de 3 de agosto de 2010 de Solicitud de las Actividades que ofrece el Centro dentro del Plan de Apertura: Aula Matinal, Comedor y Actividades Extraescolares. Sólo aquéllos/as que estén interesados/as en el uso de este Servicio. Se entregará en la Secretaría del Centro, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. A las presentadas después del plazo establecido no se les tendrán en cuenta los criterios de admisión de la citada Orden y serían admitidos/as, si hubiera plazas libres, por riguroso orden de entrada de la solicitud.
-Impreso de matriculación. (Obligatorio). Se les dará a vuestros/as hijos/as y una vez cumplimentado tendrán que entregárselo a su profesor/a tutor/a, dentro del plazo establecido.
-Solicitud de elección o modificación del tipo de enseñanza religiosa. Sólo en el caso que deseen cambiar de opción. Se entregará junto con el impreso de matrícula al profesor/a tutor/a.
-Anexo I de renuncia al programa de gratuidad. Sólo para el alumnado de E. Primaria y en aquellos casos que sus representantes legales no deseen participar en dicho programa. Se entregará en la Secretaría del Centro.
-Anexo II de la Orden de 3 de agosto de 2010 de Solicitud de las Actividades que ofrece el Centro dentro del Plan de Apertura: Aula Matinal, Comedor y Actividades Extraescolares. Sólo aquéllos/as que estén interesados/as en el uso de este Servicio. Se entregará en la Secretaría del Centro, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. A las presentadas después del plazo establecido no se les tendrán en cuenta los criterios de admisión de la citada Orden y serían admitidos/as, si hubiera plazas libres, por riguroso orden de entrada de la solicitud.
Para el próximo curso se ofertarán las siguientes Actividades
Extraescolares:
-E. Infantil: Inglés y Pintura.
-E. Infantil y Primer Ciclo de E. Primaria: Juegos
Tradicionales/Iniciación Deportiva y Baile.
-E.
Primaria: Judo, Patinaje (equipamientos de protección obligatorios: Casco,
Rodilleras, Coderas y Muñequeras), Iniciación
al Teatro y Desarrolla tu Creatividad a través del Reciclado.
Estas actividades se
implantarán siempre que haya un mínimo de diez participantes,
y sean aprobadas por el Consejo Escolar. Asimismo se suspenderán a lo largo del
curso las que bajen de ese mínimo de diez participantes, según indica la
normativa vigente. Las bonificaciones recibidas de la Junta de Andalucía se
aplican solo a una actividad
extraescolar.
A comienzos de cada
Curso Escolar la Consejería de Educación establece el precio de las actividades del Plan de Apertura. El
coste de este año ha sido: Comedor Escolar 4,50 euros/día, Aula Matinal y cada
una de las Actividades Extraescolares 15,40 euros/mes. Sobre dicho coste puede
haber bonificación de entre el 10% y el 100%, dependiendo de los ingresos
familiares del 2014. Además se garantiza la gratuidad, según la normativa
vigente, para el alumnado que por motivos familiares, se encuentren en
situación de dificultad extrema o riesgo
de exclusión, entendiendo como tal aquellas familias cuyos ingresos totales no
superen el 20% de los límites establecidos en la disposición adicional primera
del Decreto 137/2002, de 30 de abril de apoyo a las familias andaluzas, así como
los/las hijos/hijas de mujeres atendidas en centros de acogida para mujeres
víctimas de violencia de género.
Junto con la solicitud,
aquellos representantes legales que aleguen que realizan una actividad laboral
en horario de aula matinal y/o comedor, deberán entregar la documentación que
se recoge en el artículo 20 de la Orden de 3 de agosto de 2010.
Artículo 20. Acreditación de las situaciones
familiares.
1. Para acreditar la actividad laboral de los
representantes legales del alumnado será necesario presentar, por cada uno de
ellos, una certificación expedida al efecto por la persona titular de la
empresa o por la responsable de personal de la misma. Dicha certificación
emitida en el plazo de presentación de la solicitud, deberá contener también la
fecha desde la que los representantes legales del alumno o alumna iniciaron su
relación laboral con la empresa correspondiente y, en su caso, duración de la
misma.
El citado certificado, para que tenga validez, deberá venir acompañado de un informe de vida laboral expedido por el organismo oficial competente en la materia (Seguridad Social) con fecha comprendida entre el 1 y 15 de junio de 2015.
Si los representantes legales del alumnado
desarrollan la actividad laboral por cuenta propia deberán presentar una
certificación demostrativa del alta en el Impuesto de Actividades Económicas y
una declaración responsable de la persona interesada sobre la vigencia de la
misma. En el supuesto de que no exista obligación legal de estar dado de alta
en el Impuesto de Actividades Económicas, se acreditará mediante la
presentación de alguno de los siguientes documentos:
a) Copia autenticada de la correspondiente
licencia de apertura expedida por el Ayuntamiento respectivo.
b) Copia sellada de la declaración responsable o
comunicación previa correspondiente presentada ante el Ayuntamiento.
c) Alta en la Seguridad Social y una declaración
responsable de la persona interesada sobre la vigencia de la misma.
2. En el caso de hijos o hijas de mujeres atendidas
en centros de acogida para mujeres víctimas de la violencia de género, será
necesaria la certificación de la entidad titular del centro de acogida.
IMPORTANTE: Para estas actividades
se pueden solicitar bonificaciones totales o parciales, del 1 al 8 de
septiembre de 2015, mediante el ANEXO V de la Orden 3 de agosto de 2010 que
pueden recoger en la secretaría o en la web del centro. Se entregará en la Secretaría del Centro, sin
perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre. No tendrán subvención aquellas solicitudes presentadas fuera del
citado plazo.
Los impresos, solicitudes y anexos referidos pueden retirarse de la Secretaría del Centro o bajarlas desde
nuestra página web: “www.juntadeandalucia.es/averroes/ceip_juan_ramon_jimenez/”
El horario de atención
de Secretaría es de:
·
Horario de
mañana: todos los días de 9:10 a 10:45 y de 12:30 a 13:30 horas.
·
Horario de
tarde: martes de 16:10 a 18:50 horas.
Es nuestro deseo
informar a todas las familias que vayan a hacer uso de las actividades del Plan
de Apertura. Para ello les convoco a la reunión que tendrá lugar el próximo 2
de junio de 2015, a las 16:30 horas en el Salón de Usos Múltiples del Centro.
Reciban un cordial
saludo.
La Dirección
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