miércoles, 24 de mayo de 2017

MATRICULACIÓN - PLAN DE APERTURA



Estimadas familias:
Se aproxima la finalización de este Curso Escolar y tenemos que empezar a planificar el siguiente, por eso, deben prestar mucha atención a la información que sobre documentación les facilito y que están obligados a realizar en las fechas que les señalo.
MATRICULACIÓN
 Del 1 al 8 de junio de 2017, todos/as los alumnos/as del Centro, tienen la obligación de formalizar su matrícula para el próximo Curso Escolar 2017-2018, de lo contrario, se entende que renuncian al puesto escolar ya adquirido. Este impreso, lo llevarán vuestros/as hijos/hijas y hay que entregárselo al maestro/a tutor/a hasta el día 31 de mayo. Si no lo hacen en este plazo deberán entregarlo personalmente  en la Secretaría en el horario que se indica más abajo.
OPCIÓN DE CAMBIO EN LAS ENSEÑANZAS DE RELIGIÓN Y/O COMPLEMENTARIA O VALORES SOCIALES Y CÍVICOS.
También, del 1 al 8 de junio de 2016, junto con el impreso de matrícula, es el momento de modificar, si lo desea, el tipo de enseñanza religiosa que recibirán sus hijos/as en el Centro, para ello, deberán cumplimentar la solicitud destinada a este tipo de enseñanza y entregarla junto con el impreso de matrícula. Si desea continuar con la opción actual no tienen que presentar documentación. Esta solicitud hay que recogerla en la Secretaria del Centro y entregarla junto con el impreso de matrícula al maestro/a tutor o tutora.
3° solicitud de servicios del plan de apertura.
 Desde el curso escolar 2004/2005, nuestro Colegio, está acogido al Programa de Apoyo a las Familias Andaluzas y en él, se están realizando tres actividades: Aula Matinal, Comedor Escolar y Actividades Extraescolares, que continuarán.
Para el próximo curso se ofertarán las siguientes Actividades Extraescolares:”School Planet Initiation”, “School Planet Pre-Primary I y II”, “Creativity Infantil”, “Pintura” y “Roller Club Patinaje” para Educación Infantil.
 “Estudio Dirigido”, “Deporte y más”, “Roller Club Patinaje” y “Creativity Primaria” de 1º a 6º de Educación Primaria. En Patinaje, el equipamiento de protección obligatoria (casco, rodilleras, coderas y muñequeras) así como los patines, lo tienen que aportar los alumnos/as.
Para que estas actividades del Plan de Apertura las podamos implantar se necesita un mínimo de 10 alumnos/as en cada una de ellas. Si no realizan la inscripción dentro del plazo establecido, su participación  se verá condicionada  a su implantación y/o al número de plazas vacantes.
Si están interesados en que su hijo/a haga uso de los servicio del Plan de Apertura (Aula Matinal, Comedor Escolar y/o Actividades Extraescolares) deberán recoger y entregar el impreso de solicitud en la Secretaría del Centro en horario de 9:10 a 11:00 y de 12:30 a 13:30 horas y los martes, además,  de 16:10 a 18:50 horas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 82 y 83 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. La solicitud también pueden acceder a ella desde la página web de nuestro Centro: http://redcentros.ced.junta-andalucia.es/centros-tic/41008830/helvia/sitio/. Anexo II de la Orden de 17 abril de 2017 (BOJA 78 de 26-04-2017). El plazo para formalizar la solicitud es el comprendido entre el 1 y 10 de junio. Junto con la solicitud, aquellos representantes legales que aleguen que realizan una actividad laboral en horario de aula matinal y/o comedor, deberán entregar la documentación que se recoge en el artículo 20 de la citada Orden:
Artículo 20. Acreditación de las situaciones familiares.
1. Cuando la guarda y custodia sea ejercida por solo uno de los representantes legales deberá presentar una copia compulsada del libro de familia o el documento judicial acreditativo de esa circunstancia.
2. Para acreditar la actividad laboral o profesional de las personas que ostenten la guarda y custodia del alumnado será necesario presentar, por cada uno de ellos:
 a) Informe de vida laboral expedido por el organismo oficial competente en la materia o certificado de la unidad de personal de su destino como funcionario.
b) Certificación de la empresa justificativo de la duración de la jornada, así como el horario de trabajo a efectos de lo establecido en los artículos 11.2.c) y 15.2.c) del Decreto 6/2017, de 16 de enero.
c) En el caso de que desarrollen su actividad laboral por cuenta propia, deberán presentar una certificación demostrativa del alta en el Impuesto de Actividades Económicas y una declaración responsable de la persona interesada sobre la vigencia de la misma y del horario que requiere la actividad. En el supuesto de que no exista obligación legal de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, se acreditará mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos:
a) Alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, para aquellas personas que desarrollen actividades empresariales o profesionales, incluidas las agrícolas, forestales, ganaderas o pesqueras.
b) Copia autenticada de la correspondiente licencia de apertura expedida por el Ayuntamiento respectivo.
c) Copia sellada de la declaración responsable o comunicación previa correspondiente presentada ante el Ayuntamiento.
d) Alta en la Seguridad Social y una declaración responsable de la persona interesada sobre la vigencia de la misma.
3. Para acreditar la situación de cursar estudios conducentes a titulaciones académicas oficiales de las personas que ostenten la guarda y custodia del alumnado será necesario presentar certificado expedido por el centro docente donde figure estar matriculado y el horario lectivo.
4. Para acreditar la situación de dificultad social extrema o riesgo de exclusión, será necesario presentar una certificación expedida al efecto por la persona titular de los servicios sociales provinciales donde resida la persona solicitante.
5. En el caso del alumno o alumna en situación de tutela o guarda de la Administración de la Junta de Andalucía, será necesaria la certificación expedida por la Consejería competente en materia de protección de menores.
6. En el caso de hijos o hijas de mujeres atendidas en centros de acogida para mujeres víctimas de la violencia de género, será necesaria la certificación de la entidad titular del centro de acogida.
7. Para acreditar la situación de víctima de terrorismo, será necesaria la certificación expedida por la Consejería competente en materia de víctimas de terrorismo.
8. Para acreditar la situación de quienes ostenten la guarda y custodia del alumno o alumna en situación de dependencia, será necesaria la certificación expedida por la Consejería competente en materia de dependencia y servicios sociales.
Según instrucciones recibidas desde la Delegación Territorial de Educación de Sevilla toda la documentación para que tenga validez, deberá venir expedida con fecha comprendida entre el 1 y 10 de junio de 2017.
La solicitud tiene que venir rellena sin tachaduras ni enmiendas, no utilicen tipex o cualquier otro corrector.
Al comienzo de cada Curso Escolar la Consejería de Educación establece el precio del Comedor Escolar, Aula Matinal y Actividades Extraescolares (precio de años anteriores: Comedor Escolar 4,38 €/día, Aula Matinal y cada una de las Actividades Extraescolares: 15,40 €/mes). Sobre este coste puede tener bonificación entre el 10% y el 100% dependiendo de los ingresos familiares en el año 2016.
4º SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA EL PLAN DE APERTURA.
Para solicitar la subvención de la Junta de Andalucía de los servicios del Plan de Apertura (Aula Matinal, Comedor y Actividades Extraescolares), el plazo es el comprendido entre los días 1 y 7 de septiembre de 2017 y se realizará mediante el Anexo V de la  Orden de 17 abril de 2017 (BOJA 78 de 26-04-2017) que podrán recoger en la Secretaria o en la web del centro. Esta solicitud hay que entregarla en la Secretaria del Centro, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 82 y 83 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Atentamente.

                                                                                       La Dirección

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